PUBICADO EL CONVENIO COLECTIVO AGROPECUARIO DE ALICANTE

Generalitat Valenciana - 2016-04-25 14:39:18 - estoeselche

PUBLICADO EL  CONVENIO COLECTIVO AGROPECUARIO DE ALICANTE

En pasado día 22 de abril se publicó en el BOP, el convenio colectivo provincial de Actividades Agropecuarias, que afecta en la provincia a más 25.000 trabajadoras y trabajadores, en su inmensa mayoría fijos discontinuos.

Eso significa que las empresas deberán a empezar a pagar los atrasos y actualizar las tablas salariales, así como los nuevos derechos que contempla el convenio colectivo.

La firma no fue fácil, la negociación estaba enquistada y bloqueada desde hace cinco años. La firma del convenio colectivo, supone:

Primero.- Garantizar una vigencia temporal del convenio hasta el 31-12-2017.

Segundo.- Incrementos salariales: Para 2016 los trabajadores percibirán un aumento salarial cierto de un 4.9% respecto de los salarios del convenio colectivo estatutario anterior. Para 2017 habrá un incremento salarial de un 1.57%. En total se incrementan los salarios un 6.47%, suponiendo en la categoría más baja -peón- para 2016 un incremento de más de 540€ año de salario base, a parte o sin contarlos incrementos de los pluses y demás complementos del convenio que también se incrementan igual que la subida del salario base.

Tercero.- Atrasos salariales, se pagarán del 01 de septiembre al 31 de diciembre de 2015, sobre un incremento del 3.47% respecto del convenio estatutario anterior y desde el 01 de enero de 2016 hasta el día de pago de los atrasos, sobre  un incremento del 4.9% respecto del convenio anterior.

Cuarto.- En materia de jornada y su distribución, el trabajo en fin de semana seguirá siendo voluntario, excepto que no haya suficientes voluntarios en domingos los cuales se podrán cubrir obligatoriamente por el resto de la plantilla, siempre que esté justificado por causas productivas y con un máximo de quince domingos por trabajador, no pudiendo ser continuos y mediante una regulación en materia de permutas y posibilidades de negarse a asistir un número de veces al año.

Los sábados por la mañana ya se podía trabajar en el convenio anterior en base al artículo de jornadas especiales, en la temporada de campaña o en períodos de acumulación de tareas, etc…No obstante, en este nuevo  convenio, al regular el trabajo en fin de semana, se limita que si no hay suficientes voluntarios, tampoco se les podrá llamar más de quince sábados al año.

Los festivos seguirán siendo a todos los efectos voluntarios.

Quinto.- El plus de asistencia se integra en el salario base, cobrándose íntegramente con independencia de la asistencia o no al trabajo. Para los fijos discontinuos esta medida tiene un efecto neutro, ya que cobran por hora trabajada,  pero para los que prestan servicios durante todo el año, sí tiene un efecto positivo ya que lo cobran con independencia de su asistencia.

Sexto.- La firma del nuevo convenio, no permite modificaciones que se hicieron con el  convenio de eficacia limitada, por lo que hemos conseguido mantenerlas pese a la presión y a los antecedentes haciéndolo posible con una subida de salarios, estas son:

       Artículo 10.- del fijo discontinuo: Se mantiene que los fijos discontinuos pasen a fijos si durante dos campañas consecutivas o cuatro alternas  cuando se igualan o superan el límite de las 1800 horas anuales. Cuando se había endurecido a tres y cinco campañas respectivamente. Se mantiene la cobertura de vacantes, esto es, que la baja de un trabajador fijo, se cubre por el fijo discontinuo con mayor antigüedad y la baja de un fijo discontinuo, con el eventual de mayor antigüedad. Cuando con el convenio de eficacia se había eliminado.

       Artículo 12.- del eventual: Se mantiene que no se puedan hacer contratos eventuales de más de diez meses en un período de tres, cuando el convenio de eficacia limitada posibilitaba alargarlo a 12 en un período de 18 meses. 

       Artículo 34.- Plus por trabajo en sábados, domingos y festivos: En el convenio de eficacia limitada este plus consistente en el 25% del salario hora se congeló a precio de 2010. Sin embargo ahora se consigue que se aumente íntegramente arreglo incremento del convenio, es decir el 25% del plus sobre el precio de hora normal se revalorizará un 6.47% en total, siendo un 4.9% en 2016 y un 1.57% en 2017.

       Artículo 43.- Incapacidad temporal: En el convenio de eficacia limitada, a los trabajadores del campo se les pasaba el complemento en caso de baja los tres primeros días del 100% al 60%. Con el preacuerdo firmado se queda con el 100%. En este convenio  se eliminaba el último párrafo del artículo relativo a que el personal en IT tiene derecho a como si estuviera en activo al percibo de las pagas extras, participación en beneficios, manutención por gobernador, la restauración en especie y disfrute o percibo de vacaciones en su día. Este párrafo se mantiene, si bien se añade una redacción que evita una duplicidad pago del complemento, ya que se incluye con la parte proporcional de las pagas. 

Séptimo.- Se generan nuevos derechos que no estaban y se mejora la redacción de otros,  , siendo estos los siguientes:

-        Redacción relativa al derecho a un nuevo señalamiento de las vacaciones cuando coincida con una baja, aunque sea fuera del año natural.

-        Permiso de lactancia: posibilidad de la trabajadora de acumularlo en jornadas completas.

-        Creación de un permiso no retribuido de quince días al año, para los trabajadores que lo quisieran utilizar.

-        Posibilidad de uso discontinuo de los permisos retribuidos siempre que dure el hecho causante. Ahora tienen que ser consecutivos si o si.

-        Mejora sustancial en todo lo relativo a la regulación de la salud laboral en el convenio.

-        Incorporación de una cláusula de igualdad de oportunidades.

-        Incorporación de una cláusula que obliga a aplicar el convenio a las empresas de servicios agrarios.

-        Incluir a las parejas de hecho para que tengan los mismos permisos retribuidos que el resto.

Por todo ello, desde Comisiones Obreras valoramos positivamente la firma de este convenio, y aun sabiendo lo que han sufrido los trabajadores en este convenio, nunca se consigue en una negociación todo lo que une quiere y desea, simplemente porque si hay convenios y estos se renuevan es porque Patronales y Sindicatos llegamos a acuerdos, pese a tener muchas veces intereses contrapuestos en materia de condiciones. Pero tenemos fuerza e ilusión para fortalecer este convenio, ya que solo combinando negociación y presión, es posible conseguir convenios y que estos sean cada vez mejores y más justos.

A partir de ahora, toca hacer un seguimiento para que se cumpla el convenio firmado, así como fortalecernos en las elecciones sindicales y la afiliación, para ser más y más fuertes en los retos que nos esperan como clase trabajadora.

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